A fin de garantizar la participación efectiva de la población en las políticas de movilidad, los municipios deben prever la creación de consejos u observatorios metropolitanos de movilidad, garantizando una diversa representación de sectores sociales. Los consejos deberán tener funciones de propuesta, opinión, evaluación y la emisión de recomendaciones en materia de movilidad y seguridad vial, hacia los diferentes niveles de administración pública involucrados. Las leyes estatales deberán incluir estructuras básicas de los consejos, reglas básicas de operación y método de designación de sus miembros, observando el principio de paridad de género.[1]
[1] Con base en leyes de movilidad de Aguascalientes, Colima y CDMX.