ARTÍCULO 92. Gestión de la demanda de movilidad

La gestión de la demanda de movilidad es el conjunto de políticas, estrategias y planes que influyen en los patrones de viaje para reducir o redistribuir su demanda con el fin de promover la disminución de la intensidad de uso o de los modos de transporte, de mayor costo social, a la par que se fomentan incentivos para el cambio a modos sustentables y seguros.[1]

Las autoridades estatales y municipales implementarán estas medidas, a fin de cumplir con el objetivo de reducir emisiones y demás externalidades negativas previstas en esta Ley y en la normatividad vigente en materia de salud y medio ambiente, así como en los convenios y tratados internacionales.[2]

 

[1] Con base en la LGMSV art. 55

[2] Con base en la LGMSV art. 55

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